|
|
|
| actualidad |
 |
EN DIVORCIOS RÁPIDOS
Notarios solicitan facultades
El Colegio de Notarios de Lima pidió que el reglamento de la ley que permite los divorcios en notarías y municipios, les otorgue la facultad de modificar los acuerdos de conciliación pactados previamente por los cónyuges, cuando sean lesivos a una de las partes o a los intereses de los hijos. Así lo planteó el decano de este gremio, Eduardo Laos de Lama, al comentar los alcances de la Ley Nº 29227, que regula el procedimiento no contencioso de la separación convencional y divorcio ulterior en las municipalidades y notarias.
Justificó su planteamiento al poner como ejemplo que si en un acuerdo de conciliación no se fijan las visitas regulares del padre a los hijos, el notario o el representante de la municipalidad deberá modificar el acuerdo, considerando que alimentar esa relación es necesario para la formación de los menores.
“Si la decisión proviene de un juez, se tiene que aceptar porque él es dirimente, pero en los centros de conciliación pueden ocurrir abusos, porque un abogado resultó más astuto que el otro. Entonces, nosotros tenemos que poner mucho cuidado”, subrayó.
|
|
|
|
 |
|
|